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ISR del aguinaldo 2026: cuánto es exento y cuánto te retienen

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En 2026 los primeros $3,519.30 de tu aguinaldo (30 UMA) no pagan ISR. Sobre el excedente te retienen ISR con la tarifa mensual. Con un sueldo de $15,000.00 y 15 días de aguinaldo ($7,500.00), la retención estimada va de $713.31 (art. 174 RLISR) a $763.11 (art. 96 LISR), según el método de tu patrón.

¿Cuánto del aguinaldo está exento en 2026?

El artículo 93, fracción XIV, de la Ley del ISR exenta las gratificaciones anuales «hasta el equivalente del salario mínimo general… elevado a 30 días». Desde la desindexación de 2016, esa referencia se calcula con la UMA. Con la UMA vigente desde el 1 de febrero de 2026 ($117.31 diarios):

Exento = 30 × $117.31 = $3,519.30

Si tu aguinaldo es menor o igual a esa cantidad, no te deben retener ISR por él. Si es mayor, solo el excedente es gravado.

¿Cómo se calcula el ISR del excedente?

Hay dos formas válidas, y la elige tu patrón:

Método 1: sumarlo al sueldo del mes (art. 96 LISR)

Se suma la parte gravada al sueldo mensual, se calcula el ISR con la tarifa mensual y se resta el ISR que correspondería solo al sueldo. Es sencillo, pero puede «brincar» de renglón en la tarifa.

Método 2: procedimiento opcional del art. 174 RLISR

  1. Divide la parte gravada entre 365 y multiplícala por 30.4 (la «mensualiza»).
  2. Suma ese resultado al sueldo mensual ordinario y calcula el ISR con la tarifa del art. 96.
  3. Réstale el ISR del sueldo mensual sin el aguinaldo.
  4. Divide esa diferencia entre la cantidad del paso 1: obtienes una tasa.
  5. Aplica esa tasa a la parte gravada del aguinaldo.

Ejemplo paso a paso con un sueldo de $15,000.00

Aguinaldo de 15 días: $500.00 × 15 = $7,500.00. Exento $3,519.30; gravado $3,980.70.

Art. 174: 1) $3,980.70 ÷ 365 × 30.4 = $331.54 2) ISR de $15,331.54 = $1,462.23 3) ISR de $15,000.00 = $1,402.82 → diferencia $59.41 4) Tasa = $59.41 ÷ $331.54 = 17.92% 5) ISR = $3,980.70 × 17.92% = $713.31 Art. 96: ISR de $18,980.70 = $2,165.93 − $1,402.82 = $763.11

Los cálculos usan la tarifa mensual del Anexo 8 de la RMF 2026, sin subsidio para el empleo, que con este sueldo ya no aplica.

Tabla: ISR del aguinaldo por sueldo (15 días, 2026)

Sueldo mensualAguinaldoGravadoISR art. 174ISR art. 96
$10,000.00$5,000.00$1,480.70$161.01$161.10
$12,000.00$6,000.00$2,480.70$269.79$366.29
$15,000.00$7,500.00$3,980.70$713.31$763.11
$20,000.00$10,000.00$6,480.70$1,384.36$1,384.28
$30,000.00$15,000.00$11,480.70$2,452.34$2,584.43
$50,000.00$25,000.00$21,480.70$5,052.25$6,072.47

Estimaciones con sueldo ÷ 30 como salario diario y sin otros ingresos extraordinarios en el mes. Con sueldos altos los dos métodos dan casi lo mismo, porque ambos caen en la misma tasa marginal.

¿Y si gano el salario mínimo?

Con el salario mínimo general de 2026 ($315.04 diarios), 15 días de aguinaldo son $4,725.60, que rebasa los 30 UMA. El art. 96 LISR señala que no se retiene ISR a quien en el mes únicamente percibe un salario mínimo. Cómo se aplica eso al excedente del aguinaldo depende del criterio de cada patrón: pendiente de verificar un criterio oficial del SAT para 2026.

¿El ISR del aguinaldo se recupera?

La retención es un pago provisional. En el cálculo anual, todo lo que ganaste en el año se suma y se aplica la tarifa anual. Si te retuvieron de más, puede salir saldo a favor en el ajuste anual de tu patrón o en tu declaración.

Escribe tu sueldo y tus días de aguinaldo para ver la parte exenta, la gravada y el ISR estimado.

Calcular el ISR de mi aguinaldo

Preguntas frecuentes

¿Cuánto del aguinaldo está exento de ISR en 2026?

30 veces la UMA diaria: 30 × $117.31 = $3,519.30. Lo que pase de esa cantidad paga ISR (art. 93, fracción XIV, LISR).

¿Por qué dice «salario mínimo» la ley y se usa la UMA?

La LISR todavía habla de «salario mínimo general», pero desde la desindexación de 2016 esas referencias se entienden hechas a la UMA. Por eso el tope es 30 UMA y no 30 salarios mínimos.

¿Qué método usa mi patrón para retener el ISR del aguinaldo?

Puede sumar la parte gravada al sueldo del mes y aplicar la tarifa del art. 96 LISR, o usar el procedimiento opcional del art. 174 del Reglamento. El 174 suele dar una retención menor en sueldos medios. Lo verás en tu recibo de nómina.

¿Si me retienen de más, lo recupero?

El ISR retenido es un pago a cuenta del impuesto anual. Si al final del año te retuvieron de más, la diferencia puede salir a tu favor en el cálculo anual de tu patrón o en tu declaración anual.

¿El aguinaldo proporcional también tiene los 30 UMA exentos?

Sí. La exención es por el aguinaldo del año, sea completo o proporcional.

Fuentes oficiales