Modalidad 40 ya no permite pagos retroactivos
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Desde el 22 de octubre de 2026, quien se inscribe a la Modalidad 40 empieza a cotizar a partir de la fecha de su solicitud. Ya no es posible elegir como inicio el día siguiente a la baja y pagar los meses atrasados. Quienes ya estaban inscritos conservan sus condiciones hasta terminar su periodo contratado.
¿Qué cambió exactamente?
El 21 de octubre de 2026 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo ACDO.AS2.HCT.101026/302.P.DG del Consejo Técnico del IMSS. Entró en vigor al día hábil siguiente, el jueves 22 de octubre. Entre otras medidas temporales, establece que los nuevos aseguramientos en la continuación voluntaria del régimen obligatorio (la «Modalidad 40») se realizarán exclusivamente a partir de la fecha de la solicitud.
Antes, el reglamento permitía que la persona eligiera la fecha de inicio: la de la solicitud o el día siguiente a su baja. Si elegía la segunda, pagaba las cuotas de los meses transcurridos y esas semanas se le reconocían. Esa segunda opción es la que desaparece para las nuevas inscripciones.
¿A quién afecta?
- Sí afecta a quien se inscribe por primera vez desde el 22 de octubre de 2026 y a quien termine su periodo contratado y quiera volver a inscribirse.
- No afecta a quien ya estaba inscrito al 22 de octubre: mantiene sus condiciones hasta concluir el periodo contratado.
- Las semanas y salarios ya pagados se reconocen, según el propio acuerdo.
- Solicitudes presentadas antes del 22 de octubre y aún no resueltas: cómo las trata el IMSS está pendiente de verificar.
¿Cuánto se pierde por esperar? Un ejemplo
Supón que causaste baja el 31 de marzo de 2026 con un salario base de cotización de $1,200.00 diarios y presentas tu solicitud el 10 de noviembre de 2026.
- Antes: podías pedir que tu aseguramiento iniciara el 1 de abril y pagar abril a octubre (7 meses). A $5,266.98 al mes (tasa 14.44% en 2026) eran unos $36,868.86, y recuperabas aproximadamente 30.40 semanas.
- Ahora: tu aseguramiento empieza en la fecha de la solicitud. Esas cerca de 30 semanas no se pueden cubrir con la Modalidad 40.
Además, con las reglas nuevas tu salario en Modalidad 40 solo puede ir de $1,200.00 a $1,317.31 diarios (tu último SBC más una UMA). Es una estimación: el IMSS calcula con los días reales de cada mes.
¿Por qué importa para la pensión Ley 73?
La pensión de la Ley 73 se calcula con el salario promedio de las últimas 250 semanas cotizadas. Muchas personas usaban los pagos retroactivos para completar ese periodo con un salario más alto. Sin esa opción, cada mes de espera es un mes que ya no se puede aprovechar. Si estás dentro del plazo de cinco años desde tu baja y la Modalidad 40 te conviene, revisa tus números pronto.
¿Qué hacer ahora?
- Descarga tu constancia de semanas cotizadas para confirmar tu fecha de baja y tu último salario.
- Estima cuota y pensión en la calculadora de Modalidad 40.
- Si decides entrar, haz la solicitud en línea: así empieza a contar. Ver cómo inscribirte en línea.
- Paga cada mes a más tardar el día 17 para no causar baja.
Esta nota resume el acuerdo publicado en el DOF; no es una interpretación oficial del IMSS. Para tu caso, llama al 800 623 2323.
Calcula cuánto pagarías al mes con las reglas vigentes y cuánto subiría tu pensión Ley 73.
Calcular mi Modalidad 40Preguntas frecuentes
¿Ya no puedo pagar meses atrasados de Modalidad 40?
Si te inscribes por primera vez (o vuelves a inscribirte al terminar tu periodo) desde el 22 de octubre de 2026, no: el aseguramiento empieza en la fecha de tu solicitud. El acuerdo dice que los nuevos aseguramientos se realizarán «exclusivamente a partir de la fecha de la solicitud».
¿Qué pasa si ya estaba inscrito antes del 22 de octubre?
Conservas las condiciones con las que te inscribiste hasta que concluya el periodo que contrataste. El acuerdo reconoce además las semanas y salarios ya pagados.
¿Sigue el plazo de 5 años para inscribirme?
Sí. La ley no cambió: puedes pedir la continuación voluntaria dentro de los cinco años siguientes a tu baja (art. 219 LSS). Lo que cambió es que el tiempo que esperes ya no se puede cubrir después.
¿El reingreso por falta de pago también cambió?
El acuerdo habla de nuevos aseguramientos. La ficha del IMSS sigue describiendo el reingreso dentro de los 12 meses siguientes a la baja por falta de pago. Cómo se aplica la nueva regla a esos casos está pendiente de verificar con el IMSS.
¿Es una regla definitiva?
El acuerdo es temporal: la Dirección de Finanzas del IMSS tiene hasta seis meses para analizar el efecto financiero y después la Dirección Jurídica hasta seis meses para proponer cambios normativos. Puede haber modificaciones.